miércoles, 13 de agosto de 2008

GENERALIDADES DEL SERVICIO DE VIGILANCIA

HABILIDADES POLICIALES.

El policía debe desarrollar espíritu de observación, sagacidad e iniciativa en el ejercicio de sus tareas de vigilancia. Con este propósito cumplirá las siguientes normas generales:

1. Colaborar con las personas brindándoles orientación y seguridad.

2. Observar las actividades a que se dedican las personas que viven en su sector de vigilancia.

3. Vigilar preferencialmente a personas sospechosas que deambulen por su lugar de facción, determinando su fisonomía, vestido y demás características que puedan servir en un momento dado para su identificación.

4. Concentrar su atención en aquellas personas cuyas actitudes le merezcan duda en su proceder.
5. Velar por la seguridad de las personas, establecimientos comerciales, edificios y domicilios existentes en sus sector, especialmente en los turnos de la noche.

6. Trasladar cuidadosamente los heridos o accidentados a los hospitales o clínicas, recopilando datos e indagando las causas de los hechos acontecidos.

7. Tener especial cuidado respecto de los vehículos estacionados y los que transitan sospechosamente, observando el actuar de sus ocupantes, para proceder según los reglamentos.

OBLIGACION DE ACTUAR EN TODA CIRCUNSTANCIA.

El personal uniformado tiene la obligación de intervenir frente a los casos de policía de que tenga conocimiento, cualquiera que sea la circunstancia en que se encuentre.

ORIENTACION AL PUBLICO.

Siendo la labor de orientación e información al público es de gran importancia, por lo que el personal policial la suministrará observando normas de consideración y cortesía.

Para estos efectos dispondrá de una guía que contenga entre otros, datos tales como:

1. Dirección y ubicación de los edificios donde funcionan los organismos del Estado, gobernaciones, alcaldías, tesorerías, inspecciones de policía, juzgados, empresas de teléfonos, correos, telégrafos, agua potable y gas.
2. Existencia y ubicación de hospitales, clínicas, farmacias de turno, estaciones de bomberos, estaciones de servicio.
3. Ubicación de templos, universidades, colegios, escuelas y demás establecimientos educativos.
4. Ubicación de teatros, lugares de esparcimiento, plazas, parques, campos deportivos u otros espectáculos públicos.
5. Existencia y dirección de empresas de transporte, de navegación aérea y marítima, de buses urbanos e intermunicipales, de taxis, etc.
6. Ubicación de clubes, hoteles, restaurantes y lugares turísticos en general.

ACTITUD EN ESPECTACULOS PUBLICOS.

Durante los espectáculos públicos el personal en servicio deberá tener presente que está allí en misión de vigilancia y no de espectador; en consecuencia dedicará su esfuerzo a facilitar su desarrollo, a garantizar la comodidad de los espectadores, a guardar el orden y la seguridad de los asistentes, debiendo intervenir de inmediato en casos de desórdenes o hechos delictuosos.

CAUTELA Y SAGACIDAD.

Los funcionarios de policía que conduzcan infractores de las normas legales, tomarán las precauciones necesarias para evitar la fuga o agresión de que puedan ser víctimas, registrando a los aprehendidos y llevándolos cautelosamente, de acuerdo con los reglamentos de registro de personas y vehículos.

RESERVA Y DISCRECION.

En asuntos del servicio el personal uniformado observará una absoluta discreción, aún con sus propios compañeros, especialmente respecto de las órdenes, instrucciones o consignas especiales.

RESPETO A SUPERIORES Y AUTORIDADES.

Durante los servicios el personal dará ejemplo de especial respecto a sus superiores y a las autoridades en general.

CULTURA PROFESIONAL.

El personal de vigilancia estudiará constantemente las disposiciones sobre policía y los reglamentos de carácter nacional, departamental o municipal con el fin de hacer cumplir tales normas y de elevar su nivel de cultura profesional.

TRATAMIENTO GENTIL.

Tratará invariablemente con respeto y cultura a todas las personas con quienes tenga que intervenir o a quienes deba ayudar en razón de sus funciones.

INICIATIVA.

Es obligación del Policía desplegar toda iniciativa que procure la prevención de delitos, desórdenes, o cualquier otro acto que tienda a perturbar la seguridad y el bienestar de las personas.

OPORTUNIDAD Y DESTREZA.

El agente deberá acudir con prontitud ante cualquier desorden o alteración social; muchas veces su sola presencia bastará para que se restablezca la normalidad.

CRITERIO.

En sus intervenciones empleará un sano criterio profesional, interpretativo de la norma legal, sin hacer jamás uso de rigores innecesarios.

CARACTER POLICIAL:

En sus procedimientos el policía actuará con absoluto conocimiento de causa y prudencia, sin ceder ante halagos o amenazas, teniendo en cuenta siempre que su línea de acción es la ley.

ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN EL SERVICIO.

Para un eficiente servicio de vigilancia policial, se debe tener en cuenta especialmente los siguientes aspectos:

1. Atención oportuna. Una vez se reciba la comunicación sobre un motivo de policía, se deberá intervenir en forma inmediata, observando las normas de seguridad.
2. Servicio preventivo. Lo realizará la policía de vigilancia con el fin de neutralizar la comisión de hechos punibles. Los servicios preventivos incluyen la modalidad de policía especial para detectar e informar a la autoridad respectiva deficiencias en el alumbrado público, alcantarillados, redes telefónicas, vías en mal estado, etc.
3. Servicio de asistencia. Es la orientación, ayuda y auxilio a las personas en múltiples situaciones, tales como: accidentes de tránsito, conducción de heridos, calamidades, etc.
4. Acción educativa. Todos los miembros de la Policía contribuirán a la educación, ciudadana enseñando normas de comportamiento en la calle y en los sitios abiertos al público.
5. Informes de policía especial. En desarrollo de la labor preventiva como colaboración a las autoridades y ciudadanía, el policía suministrará informes a la entidad competente y responsable, sobre las anomalías relacionadas con servicios públicos, como alcantarillado, energía, teléfonos, acueducto, vías, etc, con el fin de que tales entidades adopten las medidas que le corresponden.

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